La jefa de Gobierno de la Ciudad de México presentó el 14 de octubre de 2026 ante el Congreso local la iniciativa de Ley de Relaciones Inquilinarias y Rentas Justas, Razonables y Asequibles. El proyecto propone nuevas reglas para el contrato de arrendamiento en CDMX: límite anual a los incrementos, registro digital obligatorio, obligaciones sobre depósitos y costos, una defensoría gratuita y sanciones para ambas partes.
La precisión más importante es jurídica: la iniciativa todavía no es ley vigente. Debe ser analizada, eventualmente modificada y aprobada por el Congreso; después tendría que publicarse. Por ahora, los contratos existentes no cambian automáticamente por este anuncio.
¿Qué cambiaría en el aumento de la renta?
El proyecto plantea que el incremento anual no rebase la inflación del año anterior publicada por el INEGI, incluso cuando cambie la persona inquilina. También permitiría solicitar un aumento extraordinario si el propietario acredita mejoras sustantivas ante la futura Defensoría de las Relaciones Inquilinarias.
La propuesta no congela las rentas ni obliga a reducir el precio inicial de una vivienda. Regula la actualización durante la relación contractual y prevé una ruta para justificar mejoras. Si al renovar se exige un aumento superior al límite, el inquilino podría pagar la renta anterior más la inflación y reclamar cantidades pagadas en exceso, conforme al procedimiento que finalmente se apruebe.
Esto no sustituye una valuación de mercado. La comparación debe considerar ubicación, superficie, estado físico, mantenimiento, estacionamiento y oferta competidora. El análisis de 7R sobre el aumento de las rentas en CDMX desde 2019 explica por qué un promedio de ciudad no determina el precio correcto de cada departamento.
Registro digital y nuevas obligaciones del contrato
De aprobarse sin cambios, el arrendador tendría 30 días después de la firma para registrar el contrato en un sistema digital de la Agencia Digital de Innovación Pública. Una vez recibida la constancia, tendría otros 30 días naturales para entregarla al inquilino. Los datos del registro no serían públicos, salvo resolución judicial, y quedarían sujetos a protección de datos personales.
La iniciativa también contempla contratos con vigencia mínima de un año. El propietario no podría trasladar al inquilino gastos de intermediación, elaboración del contrato, consulta del historial crediticio o contratación de pólizas jurídicas relacionados con la formalización.
El depósito seguiría destinado a daños o adeudos de servicios. Al terminar la ocupación tendría que devolverse después de revisar el inmueble, descontando únicamente conceptos justificados. Por eso, un inventario firmado, fotografías fechadas, lecturas de medidores y recibos de pago serían todavía más importantes para ambas partes.
¿Qué sanciones propone?
El texto difundido contempla multas para propietarios de 25 a 50 UMA por no entregar el contrato original; de uno a tres meses de renta por omitir el registro o la constancia; y de 100 a 400 UMA por rebasar el incremento permitido. Con la UMA diaria de 2026 utilizada en la iniciativa, esta última sanción equivaldría aproximadamente a entre $11,731 y $46,924.
También prevé sanciones para inquilinos: de 50 a 100 UMA por usar la vivienda para un fin no autorizado y de 50 a 200 UMA por modificarla sin permiso expreso. La propuesta protege la relación de alquiler, pero no elimina la obligación de pagar, cuidar el inmueble ni respetar el uso pactado.
Defensoría y acompañamiento ante desalojos
La futura Defensoría, adscrita a la Procuraduría Social, ofrecería orientación, mediación, conciliación y asistencia jurídica sin costo. Además, podría verificar incrementos e imponer sanciones. Un Gabinete de Acompañamiento Social coordinaría apoyos para personas vulnerables durante desalojos ordenados judicialmente, sin impedir las resoluciones de los tribunales.
Este punto no convierte cualquier controversia en un asunto administrativo. Falta conocer cómo convivirían la Defensoría, los juzgados, el Código Civil y los procedimientos de consignación o terminación de contrato.
Qué conviene hacer desde ahora
Para propietarios, la acción prudente es conservar contrato firmado, inventario, comprobantes, autorizaciones y evidencia de mejoras; revisar que la renta sea defendible frente al mercado; y calcular el ingreso neto, no solamente la mensualidad anunciada. La guía de 7R para calcular rentabilidad según la renta mensual ayuda a incorporar vacancia, mantenimiento y otros gastos.
Para inquilinos, conviene solicitar copia original, identificar depósito y garantía por separado, pagar mediante medios comprobables y documentar el estado de entrega. Ninguna de las partes debería cambiar hoy un contrato únicamente por un proyecto que aún puede modificarse.
Si la iniciativa se aprueba y publica, sus artículos transitorios contemplan plazos de hasta 90 días para emitir el reglamento, crear la Defensoría, instalar el gabinete y activar el registro. La señal relevante no será solamente la votación: habrá que revisar el texto definitivo y la fecha real en que cada obligación comience a operar.
Fuentes
- Jefatura de Gobierno de la CDMX, 14 de octubre de 2026: Segundo Informe y presentación de iniciativas.
- El Economista, 15 de octubre de 2026: disposiciones y sanciones propuestas.
- Centro Urbano, 15 de octubre de 2026: registro, defensoría y plazos de implementación.
Este contenido es informativo y no sustituye asesoría jurídica. La iniciativa puede cambiar durante el proceso legislativo.

